Aporta pymes islas no capitalinas

Aporta Pymes islas no capitalinas es un programa de apoyo para la promoción de los productos y/o servicios con el fin de llegar a nuevos mercados, para las pequeñas y medianas empresas ubicadas en en Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La Gomera, facilitándoles asesoramiento técnico especializado, formación para la internacionalización y apoyo económico a iniciativas de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, incluido el resto del territorio español. La convocatoria se realiza con carácter anual, ofrecerá una subvención del 75% de los gastos para promoción, formación, asesoría técnica especializada y asistencia a ferias, seminarios y congresos entre otros.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Pequeñas y medianas empresas ubicadas en Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La Gomera
Requisitos previos:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en las presentes bases, las pequeñas y medianas empresas (PYME) de las islas no capitalinas, y podrán presentarse de forma individual o de forma agrupada, pudiendo acceder aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que puedan llevar a cabo el proyecto, actividades o comportamientos que motivan subvención.
Las empresas, ya sea a nivel individual, como de forma agrupada, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Tener su domicilio fiscal o tener un establecimiento permanente en alguna de las siguientes Islas Canarias: Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La
Gomera.
b) Contar con, al menos, un año de constitución en el momento de presentar la solicitud. En el caso de agrupaciones, este requisito será de aplicación a cada una de las PYME que formen parte de la misma, pero no será de aplicación a la agrupación solicitante.
c) Podrán presentarse agrupaciones empresariales sin personalidad jurídica, aportando, con la solicitud de esta subvención, un acuerdo privado que debe incluir los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de empresas beneficiarias. Las PYMES referidas deberán contar con, al menos, un año de constitución al momento de presentar la solicitud de subvención y estar ubicadas en isla no capitalina. Esta exigencia se aplicará a las empresas que conforman la agrupación empresarial, pero no así a sin personalidad jurídica deberán nombrar a una de las empresas como representante y apoderado único de la agrupación, que será el responsable de presentar la solicitud de la subvención y con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como empresas beneficiarias, corresponden a la agrupación.
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el momento de presentar la solicitud. En caso de no acreditarse en dicho momento, implicará
la perdida de prioridad a favor del solicitante que sí cumple por haberlo acreditado en el momento que se establece.
e) Disponer de un producto o servicio con potencial de internacionalización.
Cuantía:
El importe de la subvención por proyecto se calculará fijando el porcentaje del 75% sobre los costes subvencionados. El 25% restante debe ser aportado por la empresa.
Para la convocatoria 2025, el importe máximo de gasto subvencionable por proyecto ascenderá a seis mil (6.000) euros, siendo el importe de la subvención el 75% del gasto subvencionable, es decir, cuatro mil quinientos (4.500) euros, siendo la aportación de la empresa el 25% restante, esto es mil quinientos (1.500) euros.
El importe mínimo por proyecto será de tres mil (3.000) euros siendo el importe de la subvención el 75% del gasto subvencionable, esto es, la cantidad de dos mil doscientos cincuenta (2.250) euros. La aportación de la empresa será el 25% restante, esto es, setecientos cincuenta (750) euros.
Criterios de valoración y baremación:
La concesión de subvención se realizará en función únicamente de la fecha de presentación, dentro del plazo establecido en la correspondiente convocatoria, pudiendo obtener la subvención únicamente las que se encuentren dentro de los límites de crédito disponible en la convocatoria, siendo denegadas el resto.
La fecha que se tendrá en cuenta para el orden de entrada, será la fecha en que la PYME o Agrupación interesadas, completen íntegramente la documentación requerida en la base octava.
Medio de presentación:
Electrónico: Acceda a la gestión telemática
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 14/4/2025 00:00
Fecha Fin: 13/5/2025 23:59
La Red CIDE es una iniciativa de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias, impulsada a través de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI), y cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo FEDER Canarias 2021-2027.











