RED CIDE. AYUDAS NEOTEC

Beneficiarios: Sociedades mercantiles que sean consideradas pequeñas empresas, que cumplan los requisitos para considerarse empresa innovadora, estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia, su residencia fiscal en España, no coticen en bolsa (excepto plataformas de negociación alternativa), estén constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, no hayan distribuido beneficios, cuenten con un capital social mínimo de 20.000 euros desembolsado íntegramente, y no hayan sido beneficiarias anteriores del Programa NEOTEC.
Fin del plazo de solicitud: 14/05/26
Objetivos: Financiar la puesta en marcha por parte de pequeñas empresas de proyectos que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Tipo de abono: Pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida (máximo 150.000 euros), sin necesidad de constituir garantía. El resto tras comprobación técnico-económica.
Intensidad de ayuda: 85 %
Máximo subvencionable: 325.000 €
Características:
- Las ayudas consisten en subvenciones.
- Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria.
- En actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor/a, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por entidad beneficiaria.
- La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 18.300 euros adicionales en actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en el Anexo II y cumplan sus requisitos.
- El presupuesto mínimo financiable de la actuación deberá ser de 175.000 euros (sin contar gastos de formación del Anexo II).
- El presupuesto máximo financiable de la actuación deberá ser de 750.000 euros (sin contar gastos de formación del Anexo II).
- Las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2027 y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2027 (un año) o el 31 de diciembre de 2028 (dos años).
- Se reserva un importe mínimo de 5.000.000 euros para empresas lideradas por mujeres.
- La entidad beneficiaria podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida, con un máximo de 150.000 euros, sin necesidad de constituir garantía.
- El presupuesto total máximo de la convocatoria asciende a 20.383.300 euros, pudiendo incrementarse con una cuantía adicional de hasta 30.000.000 euros.
Gastos elegibles:
- Adquisición de activos fijos, materiales e inmateriales.
- Gastos de personal (investigadores, técnicos y personal auxiliar, incluyendo autónomo socio de la empresa y nuevas contrataciones de doctores/as). Coste hora máximo financiable: 45 euros incluyendo seguridad social a cargo de la empresa.
- Costes de materiales y consumibles.
- Costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones (máximo 50% del presupuesto financiable). No se admitirán costes relativos a la preparación de la solicitud de ayuda.
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros, gastos de promoción y difusión, gastos de formación (límite máximo 10.000 euros sin incluir los del Anexo II).
- Gastos de viajes vinculados a actividades de formación, hasta un máximo de 8.000 euros. No son elegibles los gastos de manutención.
- Gastos derivados del informe de auditor requerido en el Anexo V, con límite máximo de 2.000 euros.
- No son financiables: gastos financieros, inversiones en terrenos, locales y obra civil, impuestos indirectos, gastos de manutención, gastos de locomoción (excepto los vinculados a formación).
Criterios de evaluación:
- Criterio 1 – Tecnología e innovación del proyecto (0-30 puntos, umbral 21): Se valorará la tecnología propuesta, la necesidad tecnológica y su valor diferencial, la innovación y el reto técnico, el plan de gestión de la propiedad intelectual e industrial, y la calidad y claridad de la presentación de la propuesta.
- Criterio 2 – Plan de explotación comercial del proyecto (0-30 puntos, umbral 15): Se valorará el modelo de negocio, la previsión de generación de ingresos, el mercado potencial, las barreras de entrada al mercado, la competencia y las ventajas del producto/proceso/servicio.
- Criterio 3 – Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial (0-30 puntos, umbral 15): Se valorarán la competencia y la formación y experiencia profesional previas en relación con el proyecto, el grado de compromiso y la dedicación del equipo técnico y gestor con el proyecto empresarial y la capacidad de relación, así como la vinculación del equipo con redes y entornos de apoyo al emprendimiento.
- Criterio 4 – Impacto socioeconómico y medio ambiental (0-10 puntos): Se valorará la creación de empleo de calidad prevista en el plan de negocio, la inclusión de la perspectiva de género en la propuesta, las actuaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad de la tecnología para colectivos vulnerables y el enfoque hacia la resolución de retos sociales y de sostenibilidad alineados con los ODS.
- Para que una solicitud sea elegible deberá tener una nota final igual o superior a 50 puntos. Los criterios 1, 2 y 3 se evaluarán secuencialmente; si no se supera el umbral del criterio 1 no se continúa con la evaluación.
Documentación a entregar:
- Plan de empresa conforme al contenido mínimo del Anexo III (máximo 40 páginas, fuente Arial 11, interlineado simple, márgenes mínimo 2,5 cm, en castellano).
- En su caso, mínimo tres ofertas de diferentes proveedores cuando se identifique la entidad a subcontratar y el importe supere las cuantías del contrato menor.
- En caso de subcontratación con entidades vinculadas: solicitud de autorización y declaración responsable.
- Nota informativa del Registro Mercantil donde conste inscrito el depósito de las cuentas del ejercicio 2024.
- Documentación del capital social de la empresa: escritura de constitución y, en su caso, escritura de ampliación de capital u otras modificaciones estatutarias, debidamente registradas.
- En su caso, documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para tener la consideración de empresa liderada por mujeres (nota informativa del Registro Mercantil con relación de administradores/as y certificado del órgano de administración sobre la composición del capital social).
- Declaraciones responsables conforme al Anexo VI de la convocatoria.
Observaciones:Las propuestas con puntuación igual o superior a 65 puntos recibirán el distintivo ‘sello NEOTEC’. Se prima la incorporación de personas con grado de doctor (contrato indefinido y a tiempo completo, salario bruto superior a 30.000 euros anuales, imputación del 100% al proyecto). La formación en el MIT (10 plazas, máximo 18.300 euros) o en GeorgiaTech, Atlanta (20 plazas, máximo 10.000 euros) se subvenciona al 100%. Las ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa o posterior. El presupuesto podrá incrementarse hasta 30.000.000 euros adicionales, pudiendo reservarse parte o la totalidad para solicitudes en el ámbito de la Seguridad y Defensa.
Si necesita ayuda consúltanos:
ADER La Palma (Felipe Lorenzo)
Teléfono: 922.42.82.52
Email: redcide@aderlapalma.org
Bases: Consultar bases
Convocatoria: Ver convocatoria
Sede electrónica: Solicitud
La Red CIDE es una iniciativa de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura. GobCan, impulsada a través de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, y cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo FEDER Canarias 2021-2027.










